miércoles, 19 de marzo de 2014

LAS MENTIRAS DEL NACIONALISMO CATALÁN: 6.- EL DECRETO DE NUEVA PLANTA DE 1716, LAS INSTRUCCIONES SECRETAS DEL CONSEJO DE CASTILLA A LOS CORREGIDORES. EL INFORME DE JOSÉ PATIÑO. MEMORIAL DE AGRAVIOS DE 1760.





Las Barras de Aragón

martes, 25 de febrero de 2014

LAS MENTIRAS DEL NACIONALISMO CATALÁN: ¿PERSECUCIÓN DEL CATALÁN?


BULO NACIONALISTA: EL CASTELLANO SE IMPUSO DE FORMA AGRESIVA EN CATALUÑA DESDE 1714. DESDE LA MISMA FECHA SE PERSIGUIÓ AL IDIOMA CATALÁN CON EL OBJETIVO DE "ELIMINARLO", PARA CONVERTIR A LOS CATALANES EN ESPAÑOLES, YA QUE NUNCA LO FUERON ANTES.

                                   


"NO SE PUDO IMPONER LO QUE ANTES YA SE HABÍA ACEPTADO LIBREMENTE. NO SE PUDO PERSEGUIR LO QUE ESTABA YA MARGINADO, INTERNAMENTE, CON ANTERIORIDAD"


"NO PUEDEN HACERTE SER LO QUE YA ERES"



LO YA PUBLICADO:
1.- EXPLICACIÓN DEL BULO

2.- LA SITUACIÓN DEL CASTELLANO EN EL INICIO DE 1714. COMO VEÍAN, ACEPTABAN, E IMPULSABAN EL APRENDIZAJE DEL CASTELLANO LOS CATALANES DEL S.XVIII.

3.- LA SITUACIÓN DEL CATALÁN DESDE 1714 HASTA LA RENAIXENÇA. TESTIGOS DE LA MARGINACIÓN INTERNA, DEL IDIOMA CATALÁN, COMO LENGUA APTA PARA LAS LETRAS"

4.- LA TASA DE ALFABETIZACIÓN Y LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN NACIONALES.

5.- EL PAPEL DE LOS CATALANES EN LA POLÍTICA, LA CULTURA, DURANTE LA ILUSTRACIÓN DEL S.XVIII Y EL LIBERALISMO DEL S.XIX.

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6.- EL DECRETO DE NUEVA PLANTA DE 1716, LAS INSTRUCCIONES SECRETAS DEL CONSEJO DE CASTILLA A LOS CORREGIDORES. EL INFORME DE JOSÉ PATIÑO. MEMORIAL DE AGRAVIOS DE 1760.


Si se recopilara todo lo que se ha llegado a decir que contiene el famosísimo Decreto de Nueva Planta de la Real Audiencia del Principado de Cataluña de 1716, en vez de las pocas hojas en las que se puede escribir su verdadero contenido, podríamos obtener un volumen “enciclopédico”. Lo que se debe saber es que este decreto, como su nombre bien indica, se refiere a la Real Audiencia, sistema propio del Antiguo Régimen, que era el tribunal de justicia de última instancia, ya fuera en el Principado, o en cualquier otro territorio español.


Por debajo de la Real Audiencia habían els veguers (Veguerías, divisiones tipo provinciales para entendernos), a los que el Nueva Planta cambia el nombre por Corregidores, se encargaban de la justicia principalmente y del gobiernos de su veguería. Ya por debajo de éstos estaban los alcaldes. También con el Nueva Planta encontramos superintendencias encargadas de administrar el patrimonio real y el impuesto del catastro, substituyendo precisamente a la antigua Generalitat. Para que veamos cuales fueron las antiguas y verdaderas funciones de esta última.


La Real Audiencia dependía del Rey, antes y después de 1714, y sorprende como esta misma administración de la justicia, es ninguneada por el nacionalismo, para indicarnos que el Rey no pintaba nada en Cataluña antes de 1714, pero que justo después de 1716 esta misma Real Audiencia, es explicada por losnacionalistas como un organismo muy importante, el cual no sólo se ocupaba de la justicia sino de otros muchos más ámbitos de la administración y con mayores competencias de las que jamás dispuso. ¿Por qué hacen eso los nacionalistas? Pues porque el Nueva Planta pide que se substituya el idioma de las causas de la Real Audiencia, el cual se hacía en latín, y ahora debía hacerse en castellano. Quieren hacernos entender que por ese hecho, los catalanes se lanzaron a aprender castellano, y por ello le otorgan una gran papel a la misma Real Audiencia a partir de 1716, negándoselo antes de esta fecha. Pero la verdad es que esta modificación del idioma de las causas no contribuyó a ello y los implicados, es decir los funcionarios, como ya sabemos ya conocían el español, y lo único que tenían que abandonar es la costumbre de escribir en latín. Este cambio no afectó al resto de la administración, y mucho menos a la local. El código civil catalán como sabemos por las constitucions catalanes, els usatges estaba en catalán. Ni se eliminaron las leyes, ni se tradujeron estas al castellano, ni al latín. De hecho la primera traducción de las mismas al castellano es del S.XIX.


Con la derrota austracista, se suprimen los privilegios y las instituciones feudales de Cataluña, las cuales existían desde Jaime I aún en plena Edad Moderna, casi en la Revolución Industrial. Estos privilegios, son privilegios para unos, y discriminación para otros, por lo que Barcelona era privilegiada en determindos ámbitos respecto a por ejemplo Gerona, y viceversa. No había igualdad ni entre territorios, ni ciudades, ni entre clases sociales. Eso es lo que eran los privilegios. Al eliminar el sistema feudal, cualquier español, sin diferenciar su lugar de nacimiento podía ocupar cargos en las instituciones, y por supuesto en la justicia. Así un catalán podía ya ir a Murcia a trabajar y al revés también. No obstante existía un problema con el idioma. Porque aunque el castellano estaba en Cataluña desde hacía siglos, era el idioma de la cultura y de prestigio, en el que se imprimían todos los libros, no era un idioma que hablaran todos los catalanes en 1716, sino que se hablaba en las principales ciudades, por los nobles, comerciantes, el clero.. pero no en los sitios más apartados de las grandes urbanizaciones.


                   
                                                           José Patiño Rosales

El castellano ya era conocido hacía siglos, también en Cataluña (Pere Gil, 1621) como español, ya que era el idioma que se hablaba en toda España, el más común, y era considerado así en Cataluña, tanto antes, como después de 1714. Pero que fuera el más común, no quería decir que fuera hablado por todo el mundo, como ya hemos dicho. No obstante si era el idioma al que acudir para mejorar la comunicación entre españoles, y para buscar una mejor eficiencia en las relaciones, tanto en la administración de la corona, como el comercio, como cualquier otra, y eso antes y después de 1714.


No se utiliza el español y se difunde por maldad contra nadie, ni contra ningún otro idioma español. Se utiliza precisamente para buscar igualdad de oportunidades entre ciudadanos, una utilidad buscada por quien todavía no lo conocen y quieren aprender. Se busca para mejor comunicación y mayor eficiencia, para modernizar el Reino. Es por eso que al hablar de difundir el español, buscar que se hable de forma uniforme en toda España por todos los ciudadanos, no puede esconder ningún tipo "asimilación genética", y menos cuando los que no hablan el castellano, se consideran igualmente españoles, y aún menos cuando lo tienen en gran consideración cultural, se utiliza en esos territorios ampliamente e históricamente, y en donde encima en esos territorios el idioma nativo está mal considerado culturalmente, como era el caso del catalán por los catalanes, y bastante antes de 1716. El español ya estaba en Cataluña y era ampliamente utilizado, todos los que sabían escribir y leer ya lo conocían, y mucho más si todos los libros impresos de cualquier tipo, estaban en ese idioma. El español ya es considerado Idioma General de España, por eso lleva ese nombre, y era conocido como tal en Cataluña antes de Felipe V. No se puede españolizar a quien ya se considera español, no se puede decir que se impone un idioma con ese fin “malvado” cuando hasta los catalanes lo solicitan y lo llevaban aprendiendo desde hacía siglos. Se busca entonces con ese fomento del idioma español llegar a las clases más bajas, en acercarlos al resto, al igual que se construyen caminos para mejorar las comunicaciones, el fomentar el uso en el resto de los catalanes que aún no lo hablaban no es ningún proceso agresor, al contrario.


¿Qué encontramos si vemos que existe dentro del famoso Nueva planta? Nos encontramos que sólo se pide el castellano para las causas de la Real Audiencia, no para el resto de la Administración de la justicia, no para los corregidores, y no para los alcaldes, y por supuesto NO!!! para ningún otro ámbito. ¿En qué idioma se substanciaban las causas antes de 1716? ¿No sabían castellano los funcionarios de la audiencia real?. Podemos mirar un libro de 1629 donde un funcionario de la Audiencia Real nos habla sobre este asunto ¡en 1629!. También podemos buscar si no nos creemos que utilizaran el latín en las sentencias de la audiencia real, algún ejemplo de 1638. Finalmente para que quede constatado que si conocían el castellano esos funcionarios, busquemos a uno que trabajó de abogado después de 1716, el falso mártir Casanova...¿hizo algún cursillo avanzado de castellano en alguna academia, o ya lo había aprendido antes?


















Por otro lado vemos que se respeta el código civil catalán, el cual está en idioma catalán, ni se traduce, ni se elimina. Por lo que suprimido la discrimación por origen provincial, el cual se indica en el mismo Decreto, los que vengan de fuera, tenían que aprenderse esas leyes en ese idioma y aplicarlas. De hecho se pide que se esfuercen en hacerlo.






Circula mucho por la red, y es ampliamente utilizado un comentario realizado a los corregidores castellanos que iban a ocupar puestos de las antiguas veguerías catalanas, a los que se les pide que ayuden a difundir el castellano, refiriéndose lógicamente a aquellas veguerías donde siendo “poco urbanas” no había llegado ese idioma. Cuando se habla de unificador, se dice que el castellano sea uniforme, porque aunque es considerado ya el idioma general, y de ahí su nombre de “español”, no se habla en todas partes, lo cual es un problema para esas zonas, para su desarrollo y para su comunicación.





En la difusión de estos comentarios siempre se borran varias líneas, justo en donde se da una explicación de los objetivos (los efectos) que se pretenden y dan sentido al resto del contenido y en las que queda patente que no hay ningún tipo de maldad “nazi” en quien las indica. Siempre se omite, además, que no todos los corregidores tenían que difundir el castellano, puesto que por ejemplo en Barcelona se conocía de sobras. Además a efectos prácticos sabemos que no ayudó nada la administración de la justicia a fomentar el castellano, siendo esta afirmación falsa, ¿cómo puede ser?¿la administración de la justicia útil para extender el uso de un idioma? Si nadie se lanzó a aprender el latín, cuando las causas se hacían en ese idioma, ¿lo iban a hacer con el castellano?. El castellano se expandió por lo mismo que antes de 1714, porque los impresores catalanes no imprimian en ese idioma, sino en castellano, y porque los autores catalanes habían abandonado el catalán por el castellano. Esa fue la causa de la expansión del castellano y la marginación del catalán y no otra. Y lo dicen los mismo catalanes en el S.XVIII. El idioma era utilizado para unir y mejorar la comunicación, no para crear españoles, porque ya hacía siglos que se consideraban españoles los catalanes, no pensaban en el castellano, como piensan algunos con el catalán, que les sirve para anexionar territorios


Pero esto que dice el fiscal del consejo de Castillo, don José Rodrigo Villalpando el 29 de enero de 1716, no es diferente a lo que ya decían los catalanes antes de 1716, y por ejemplo el Ilerdense Alejandro Ros, en 1646, decía lo mismo. "El castellano es el idioma común de la Monarquía", "sirve para acercarnos". Ros indicaba lo mismo que otros catalanes, tanto anteriores al mismo Ros, como posteriores. Tales son los casos que se han comentado en el punto 3, en donde se han citado varios testigos del S.XVIII. Además los motivos indicados en esas instrucciones a los corregidores para que fuera aprendido el español en Cataluña, son los mismos que indica Baldiri Reixac en 1749 (20 años antes de que sea obligatorio en la educación)





Cataluña Desengañada, 1646, escrita por el ilerdense Alejandro Ros.


Por otro lado es frecuente que aparezca por las redes sociales, un informe de José Patiño, al cual se le pidió su consejo en la redacción del Nueva Planta. Pero no fue el único al que se le solicitó su opinión, porque también se pidió un informe sobre como debía reestructurarse la Audiencia Real, Francesc Ametller i Perer (Barcelona, 1653 - Madrid 1726). Ni más ni menos que a un CATALÁN. ¿ODIO a los catalanes?



El informe de Patiño comienza insultando a los catalanes y realmente es ofensivo. En él pide que se traduzcan al castellano o al latín las constitucions, pide que el castellano llegue a todos los estamentos de la justicia en Cataluña, para que los jueces españoles (no castellano) no tengan que estudiarse las leyes en catalán. Pide incorporar leyes castellanas, al considerarlas más duras, y solicita cambios estructurales, pero sin embargo explica la bondad de la conservación del código civil casi en su totalidad. El informe de Ametller, indica que se debe entender que modificar o implantar una nueva legislación, código civil sería un caos, puesto que los funcionarios de la justicia están ya formados en unas leyes, y entonces tardarían años en aprenderse la nueva legislación para poderlas aplicar correctamente e impartir justicia. Este informe, "el otro" que existe como "consejo" para la redacción del Nueva Planta, casi nunca circula por la red. ¿Por qué?





Pueden pensar que Patiño era un imbécil, aún teniendo en cuenta que estaban en la posguerra, Pero no se puede pretender hacer creer que el Informe Patiño es el Nueva Planta, como tampoco el otro..Es más, son informes, consejos, pero lo que hay que valorar es el documento final, y en ese ni se insulta a los catalanes, ni se impone el castellano en toda la administración, únicamente las causas de la audiencia real, que hasta entonces eran en latín.



No hubo persecución del catalán a raíz de este Decreto, el cual sólo afectaba a las causas de la Real Audiencia que antes eran en latín. No obstante como veremos tampoco hacían mucho caso en Cataluña en lo que respecta a la petición que fueran substanciadas en castellano dichas causas. En las ordenanzas de 1742, figura nuevamente que el castellano sea el idioma con el que se substancien los pleitos y las causas de la real audiencia, no existiendo mención al resto de la administración en lo que concierne al idioma a utilizar.





En una consulta realizada el 27 de octubre de 1767 hay una referencia respecto a la secretaría de la Real Audiencia y el uso de los idiomas:


“Las lenguas absolutamente necesarias para esta oficina [son] el catalán y castellano. Este último se hallará con suma dificultad en sugetos de diferentes Partidos, donde no hay proporción alguna de imponerse en él, ni en los otros muchos requisitos que desde las primeras letras facilita la capital"


No obstante esto, todavía en 1768 era común el latín, por lo cual, durante el reinado de Carlos III, se emitió la Real Cédula de 23 de junio de 1768 , en que se establecía se cesase en el uso de dicho idioma por parte de los magistrados de esta administración, por no ser comprensible para las partes que pleiteaban:


6 En la Audiencia de Cataluña quiero, cese el estilo de poner en latin las sentencias; y lo mismo en qualesquiera Tribunales seculares donde se observe tal práctica, por la mayor dilacion y confusion que esto trae, y los mayores danos que se causan; siendo impropio, que las sentencias se escriban en lengua extraña, y que no es perceptible á las partes, en lugar que, escribiéndose en romance, con mas facilidad se explica el concepto, y se hace familiar á los interesados



En todo caso, dichas disposiciones no afectaban a otras administraciones, como los municipios, por lo que los ayuntamientos, siguieron usando la lengua catalana en los registros.


En otro famoso documento que circula mucho, pero que en su día ni tuvo repercusión política alguna, ni consideración por nadie, es El memorial de Agravios de 1760 presentado por diputados de la Antigua Corona de Aragón, en el cual queda reflejado que no hay un problema con el castellano de las causas, el problema es que dicen que los castellanos que llegan a Cataluña, no acaban de entender el catalán bien (lo aprenden). Después de 50 años no dice nada sobre que les horrorizara la presencia del idioma español en la audiencia real. Por otro lado queda patente su españolidad al pedir que se deje de llamar al Consejo territorial de Castilla y Aragón, como sólo de Castilla, teniéndose que llamar de España, como se llamaba el Reino desde los Reyes Católicos.








Si que se queja en cambio de los curas castellanos que no aprenden el catalán, pero recordar que el origen de este problema no era "Borbón", sino que vimos que a principios del S.XVII, se dio un agitado debate sobre si los sermones debían ser en castellano o en catalán.


En virtud del "Reglamento provisional para la administración de justicia"7 de 26 de septiembre de 1833, la Nueva Planta fue derogada, pues a partir de entonces, las distintas audiencias territoriales pasaron a estar organizadas según el mismo reglamento, anulándose las ordenanzas particulares que habían regido hasta la fecha.

CONTINUARÁ:



2 comentarios:

Rafael G dijo...

Gran blog Sr. Quirós, ojala siga habiendo personas como usted que se molestan en investigar y plasmar la verdad en la historia.

josechu dijo...

Un gran trabajo, merece una gran difusión. Muy agradecido por su trabajo de recopilacion y analisis

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